Carta a mis compañeras feministas
Bernard Shaw, decía que se puede ser cómodamente existencialista si se tiene un plato de sopa caliente para beber a borbotones todos los días. Esa frase contiene a la verdad, pero no es menos cierto que un proceso de cambios sociales que se queda en la epidermis de las necesidades económicas, puede ser fácilmente reversible, en la misma medida en que ciertos eslabones mentales, no necesariamente conectados con problemas materiales directos, permanezcan intactos en la conducta de los miembros de la sociedad en transformación.
Por ese motivo, aunque parezca un lujo cultural propio de los neutrales (Juan Goytisolo) es bueno hablar de lingüística. Los problemas de violencia contra la mujer, nacen del sentimiento de propiedad que desarrolla el nacimiento de la familia monogámica, en el sexo masculino; y nace la familia monogámica patriarcal, como una necesidad de mantener el patrimonio unido y en crecimiento. De ahí también esas normas de la herencia que sólo hacían rico al hijo mayor e injusticias similares, que nos muestran que la línea de coherencia está en hacer rica a la riqueza, única lógica persistente en toda sociedad humana, desde que Nimrod, en Babilonia, dio por inaugurada la propiedad privada. La sociedad patriarcal se organiza por esa razón. No hay una maldad congénita en el hombre para odiar a la mujer. Es la lógica de una sociedad organizada en torno al engrandecimiento de la propiedad individual que dice que la mujer (o el sexo en general) es una de las tantas cosas susceptibles de ser propiedad privada. Contra natura, tal imbecilidad obviamente provoca violencia y división de todo orden entre las personas.
Pero la lógica de la riqueza en su crecimiento, también crea otros problemas, por ejemplo de índole geográfica; por eso hay territorios poblados por personas que se creen superiores a otros igualmente poblados por personas, que sólo tienen menos acumulación de riqueza, porque guardan otras prácticas culturales. Pero los países, manejados por la lógica de la riqueza, se creen superiores y dueños de los otros. El amontonamiento obsesivo de dinero, no sólo destruye las relaciones entre las personas, sino también entre los pueblos.
No se puede luchar contra la sociedad patriarcal, si no se erradica el sentimiento de propiedad que tiene la persona humana sobra las cosas y las demás personas. No se puede luchar contra los sentimientos de propiedad, si no se lucha contra la riqueza (no el bienestar) y sus lógicas piramidales, donde todo es escalonado y, casualidad maldita, siempre los seres dotados de profundas malformaciones espirituales, resultan compitiendo en mejores condiciones allí donde los demás nunca sospecharon que había una competencia.
El colonialismo es la variante geográfica del paternalismo marital. Por tanto, no se puede superar la violencia contra la mujer, con el simple recurso de la misericordia católica; hay que atacar sus profundas causas. Por eso también debemos comenzar por retirar del idioma, la maleza del patriarcado y el colonialismo. Hablar de violencia de género es separar el hecho violento de la palabra mujer y de la palabra sexo. A las cosas por su nombre: si le pegaron a una mujer, porque es mujer, hay que decirlo así exactamente. Nadie ataca a nadie por razones de género; te atacan porque eres de un sexo distinto, porque eres mujer.
Hablar de violencia de género, en un país hispanohablante y en presencia de personas ajenas al mundillo de las ONGs y sus costumbres, es no hablar, es decir nada.
Por eso mando a ustedes este informe de la Real Academia de la Lengua Española, sobre la expresión violencia de género. Informe que dice que es una trasgresión a las normas del idioma español y un mal uso de un vocablo importado, hablar de violencia de género. “…violencia de género es la traducción forzada del inglés gender-based violence o gender violence, expresión difundida a raíz del Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995…”, “…Es decir, las palabras tienen género (y no sexo), mientras que los seres vivos tienen sexo (y no género). En español no existe tradición de uso de la palabra género como sinónimo de sexo…”.
No dicen claramente que aceptar el término género es parte de una actitud cómoda de complicidad con el colonialismo lingüístico, que como parte del colonialismo general, reproduce conductas patriarcales y fomenta subliminalmente la obediencia masoquista y la resignación que todo lo permite; no dicen que decir no a la violencia de género es casi como decir sí a la violencia contra la mujer. No dicen que aquel que no grita, encubre. No dicen que el disimulo es una forma de cobardía y complicidad. No lo dicen, pero lo digo yo y espero me lo crean, porque es verdad.
LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA SOBRE LA
EXPRESIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO
El anuncio de que el Gobierno de España va a presentar un Proyecto de Ley integral contra la violencia de género ha llevado a la Real Academia Española a elaborar el presente Informe sobre el aspecto lingüístico de la denominación, incorporada ya de forma equivalente en las Leyes 50/1997 y 30/2003 al hablar de impacto por razón de género.
El análisis y la propuesta que al final de este Informe se presentan a la consideración del Gobierno han sido aprobados en la sesión plenaria académica celebrada el pasado jueves día 13 de mayo.
1. ORIGEN DE LA EXPRESIÓN
La expresión violencia de género es la traducción forzada del inglés gender-based violence o gender violence, expresión difundida a raíz del Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995 bajo los auspicios de la ONU. Con ella se identifica la violencia, tanto física como psicológica, que se ejerce contra las mujeres por razón de su sexo, como consecuencia de su tradicional situación de sometimiento al varón en las sociedades de estructura patriarcal.
Resulta obligado preguntarse si esta expresión es adecuada en español desde el punto de vista lingüístico y si existen alternativas que permitan sustituirla con ventaja y de acuerdo con otras fórmulas de denominación legal adoptadas por países pertenecientes al área lingüística románica y con el uso mayoritario de los países hispanohablantes.
2. ANÁLISIS SOBRE LA CONVENIENCIA DE SU USO EN ESPAÑOL
La palabra género tiene en español los sentidos generales de ‘conjunto de seres establecido en función de características comunes’ y ‘clase o tipo’: Hemos clasificado sus obras por géneros; Ese género de vida puede ser pernicioso para la salud. En gramática significa ‘propiedad de los sustantivos y de algunos pronombres por la cual se clasifican en masculinos, femeninos y, en algunas lenguas, también en neutros’: El sustantivo ‘mapa’ es de género masculino. Para designar la condición orgánica, biológica, por la cual los seres vivos son masculinos o femeninos, debe emplearse el término sexo: Las personas de sexo femenino adoptaban una conducta diferente. Es decir, las palabras tienen género (y no sexo), mientras que los seres vivos tienen sexo (y no género). En español no existe tradición de uso de la palabra género como sinónimo de sexo.
Es muy importante, además, tener en cuenta que en la tradición cultural española la palabra sexo no reduce su sentido al aspecto meramente biológico. Basta pensar al propósito lo que en esa línea ha significado la oposición de las expresiones sexo fuerte / sexo débil, cuyo concepto está, por cierto, debajo de buena parte de las actuaciones violentas.
En inglés la voz gender se empleaba también hasta el siglo XVIII con el sentido de ‘clase o tipo’ para el que inglés actual prefiere otros términos: kind, sort o class (o genus, en lenguaje taxonómico)[1]. Como en español, gender se utiliza también con el sentido de ‘género gramatical’[2]. Pero, además, se documenta desde antiguo un uso traslaticio de gender como sinónimo de sex[3], sin duda nacido del empeño puritano en evitar este vocablo. Con el auge de los estudios feministas, en los años sesenta del siglo XX se comenzó a utilizar en el mundo anglosajón el término gender con el sentido de ‘sexo de un ser humano’ desde el punto de vista específico de las diferencias sociales y culturales, en oposición a las biológicas, existentes entre hombres y mujeres[4].
Tal sentido técnico específico ha pasado del inglés a otras lenguas, entre ellas el español. Así pues, mientras que con la voz sexo se designa una categoría meramente orgánica, biológica, con el término género se ha venido aludiendo a una categoría sociocultural que implica diferencias o desigualdades de índole social, económica, política, laboral, etc. En esa línea se habla de estudios de género, discriminación de género, violencia de género, etc. Y sobre esa base se ha llegado a veces a extender el uso del término género hasta su equivalencia con sexo: «El sistema justo sería aquel que no asigna premios ni castigos en razón de criterios moralmente irrelevantes (la raza, la clase social, el género de cada persona)» (País [Esp.] 28.11.02); «Los mandos medios de las compañías suelen ver cómo sus propios ingresos dependen en gran medida de la diversidad étnica y de género que se da en su plantilla» (Mundo [Esp.] 15.1.95). Es obvio que en ambos casos debió decirse sexo, y no género.
3. DOCUMENTACIÓN DE LAS DIVERSAS EXPRESIONES USADAS EN ESPAÑOL PARA EXPRESAR EL CONCEPTO
TÉRMINOS DOCUMENTACIÓN INTERNET (Google) DOCUMENTACIÓN
CREA[5]
AÑO PRIMERA DOCUMENTACIÓN CREA
violencia doméstica 100 000 documentos 136 (72) 1983
violencia intrafamiliar 45 000 documentos 49 (34)[6]
1993
violencia de género 37 700 documentos 19 (9) 1993
violencia contra las mujeres 35 800 documentos 17 (11) 1977
violencia familiar 30 000 documentos 34 (25) 1988
violencia de pareja 3000 documentos 1 2001
discriminación por razón de sexo 13 100 documentos 70 1983
Como se advierte a simple vista, la expresión violencia doméstica es la más utilizada con bastante diferencia en el ámbito hispánico, doblando a la expresión violencia intrafamiliar muy frecuente en Hispanoamérica junto con violencia familiar y violencia contra las mujeres.
Critican algunos el uso de la expresión violencia doméstica aduciendo que podría aplicarse, en sentido estricto, a toda violencia ejercida entre familiares de un hogar (y no sólo entre los miembros de la pareja) o incluso entre personas que, sin ser familiares, viven bajo el mismo techo; y, en la misma línea -añaden-, quedarían fuera los casos de violencia contra la mujer ejercida por parte del novio o compañero sentimental con el que no conviva.
De cara a una “Ley integral” la expresión violencia doméstica, tan arraigada en el uso por su claridad de referencia, tiene precisamente la ventaja de aludir, entre otras cosas, a los trastornos y consecuencias que esa violencia causa no sólo en la persona de la mujer sino del hogar en su conjunto, aspecto este último al que esa ley específica quiere atender y subvenir con criterios de transversalidad.
4. PROPUESTA DE DENOMINACIÓN
Para que esa ley integral incluya en su denominación la referencia a los casos de violencia contra la mujer ejercida por parte del novio o compañero sentimental con el que no conviva, podría añadirse “o por razón de sexo”. Con lo que la denominación completa más ajustada sería LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA O POR RAZÓN DE SEXO.
En la misma línea, debiera en adelante sustituirse la expresión “impacto por razón de género” por la de “impacto por razón de sexo”, en línea con lo que la Constitución establece en su Artículo 14 al hablar de la no discriminación “por razón de nacimiento, raza, sexo...”.
Avala a esta propuesta el hecho de que la normativa gemela de países de la lengua románica adopta criterios semejantes.
Así en el área francófona:
• En Canadá se discute [texto de 2002] una «Loi de la famille et criminalisation de la violence domestique».
• En Bélgica existe una ley (24 noviembre 1997) «visant à combarte la vilence au sein du couple». Con posterioridad, se ha lanzado una «Campagne nationale de lutte contre les violences domestiques».
• La ministra Nicole Ameline prepara en Francia [2003] una ley que incluye, entre otros aspectos, la «violence à l’égard des femmes».
• La ley luxemburguesa (8 septiembre 2003) trata «sur la violence domestique».
En Italia se documentan ampliamente :
Violenza contro le donne
Violenza verso le donne
Violenza sulle donne
Violenza doméstica
Violenza familiare
Finalmente, en los medios de comunicación españoles predomina hoy, bien que con titubeos, la denominación violencia doméstica. La opción lingüística que la próxima Ley adopte resultará claramente decisiva para fijar el uso común. De ahí la necesidad, a juicio de la Real Academia Española, de que el Gobierno considere su propuesta.
Madrid, 19 de mayo de 2004
|